viernes, 27 de noviembre de 2020

LA DIVISIÓN DE PODERES:





Durante los siglos XVII y XVIII se consolidó en Europa un Régimen político conocido como absolutismo, en el que el Rey concentraba la casi totalidad del poder. El más famoso representante de esta época fue el monarca francés Luis XIV, quien gobernó durante 7  décadas y pronunció una frase que para muchos define esa forma de gobierno: “El Estado soy yo”.

Los pensadores de la Ilustración cuestionaron en el siglo XVIII los fundamentos de este excesivo poder real. Entre ellos se destaca el francés MONTESQUIEU quien, en 1748, publicó su más famoso libro, EL ESPÍRITU DE LAS LEYES. En esta obra el francés planteaba la necesidad de dividir las funciones de gobierno en tres poderes: el LEGISLATIVO, encargado de redactar las leyes; el EJECUTIVO, encargado de ponerlas en práctica; y el JUDICIAL encargado de sancionar a quienes no cumplieran con esas reglamentaciones. Se argumentaba tanto la ventaja de especializar a los funcionarios en una tarea determinada, como la posibilidad de que cada poder controlara a los restantes.

Montesquieu pensaba, entonces, que los poderes ejecutivo, legislativo y judicial no debían concentrarse en las mismas manos. Se trata de una teoría de contrapesos, donde cada poder contrarresta y equilibra a los otros.

Si bien en 1748 estas teorías recibieron muchas críticas e incluso la condena por parte de la Iglesia, se aplicaron a partir de la Revolución Francesa (1789 en adelante) en casi todo el mundo, con variaciones y matices.

Es materialmente imposible dividir la totalidad del poder (100%), en forma pareja, entre tres poderes, ya que cien dividido 3 da 33,33333 periódico. Por lo tanto siempre uno de los tres poderes va a ser un poco más fuerte.

Muchos países del mundo consideran que el poder principal es el ejecutivo. Se habla de sistemas PRESIDENCIALISTAS, y en ellos los titulares del poder ejecutivo conservan algunas facultades propias de los reyes, como emitir decretos que rigen como leyes hasta que sean rechazadas por el Congreso, o indultar a personas condenadas por la justicia.

Los poderes ejecutivos suelen ser unipersonales, ya que quedan a cargo de un funcionario que en el caso argentino se llama Presidente. Lo acompaña una especie de suplente, el vicepresidente, que se hace cargo del poder temporalmente en caso de enfermedades o viajes del Presidente, y en forma definitiva en el caso de muerte o renuncia.

En algunos países el poder ejecutivo se divide entre dos figuras. Es común en monarquías constitucionales (España e Inglaterra, entre otros), donde hay un rey o reina, hereditario y vitalicio, y un Presidente o Primer Ministro elegido periódicamente por el pueblo. Pero esto también se da en algunas repúblicas, como es el caso de Alemania, que tiene un Presidente y un Canciller, ambos producto del voto popular.

También hay algunos casos, más raros, de poderes ejecutivos integrados por varias personas, como es el caso de Suiza, donde tiene 7 miembros.

Otros países, por el contrario, son PARLAMENTARISTAS, ya que el poder principal es el legislativo. Un caso de sistema parlamentarista es Inglaterra, país donde el jefe del bloque más numeroso en el poder legislativo, se transforma en Primer Ministro, es decir, pasa a presidir el Poder Ejecutivo.

Los poderes legislativos generalmente están integrados por dos Cámaras (en Argentina, Diputados y Senadores), pero existen sistemas con legislativos unicamerales, como es el caso de Perú.

Argentina adoptó un sistema político con división de poderes desde su origen como Estado, siendo este principio una base fundamental de la Constitución Nacional de 1853.

El Presidente de la Nación argentina es elegido por el voto directo del pueblo una vez cada cuatro años, siendo reelegible en una sola oportunidad.

El Congreso está integrado por la Cámara de Diputados, con representantes elegidos en todas las provincias en cantidades proporcionales a la población de cada distrito, y una Cámara de Senadores, integrada por 3 Senadores por cada una de ellas, sin importar si son grandes  o chicas (Tierra del Fuego, con 200.000 habitantes, elige la misma cantidad de Senadores que la Provincia de Buenos Aires, que tiene 16.000.000 de habitantes). En cada provincia, el partido que gana la elección se lleva dos senadores, y el que sale segundo se lleva uno.

El Tribunal Principal del país es la Corte Suprema de Justicia, pero existen infinidad de tribunales inferiores. La Corte está integrada por 5 miembros, propuestos por el poder ejecutivo con acuerdo de dos tercios de los senadores, que se mantienen en sus cargos hasta cumplir los 75 años.

Como Argentina es un Estado Federal, cada provincia tiene a su vez un gobierno organizado en tres poderes: el ejecutivo integrado por un Gobernador –Jefe de Gobierno en el caso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires-, un poder legislativo –que generalmente se llama Legislatura- y un poder judicial.

La pureza de esta “división” entre los poderes es a veces bastante teórica. Por una lado suele haber presiones de unos poderes sobre otros –que no deberían existir, pero existen-, y por el otro muchas veces las pertenencias o simpatías partidarias o ideológicas de los funcionarios de los distintos poderes hace que la separación no sea tal, sino que actúen en conjunto, guiados por esa identidad que los une con los integrantes de otros poderes.

 

CONSIGNAS:

1-       Elaborá un cuadro sinóptico que resuma el contenido del texto

2-      Buscá una breve biografía de Montesquieu

3-      Averiguá cómo es hoy la composición de la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores del Congreso Nacional (integrantes, principales bloques legislativos)

 

 

 

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